Semáforo Oncológico

Somos la primera plataforma en el Perú en informar sobre los avances de la Ley Nacional de Cáncer mediante los colores característicos del #SemáforoOncológico.

Luego de que la Ley Nacional de Cáncer se promulgó en agosto de 2021 y se reglamentara en marzo de 2022, la ley aún no se aplica.

Para que se pueda hacer efectiva es necesario que algunas entidades como el Minsa, INEN, INS y otras emitan ciertas normas para su correcto avance e implementación.

Estas normas son conocidas como tareas pendientes, que son necesarias para que todos los pacientes puedan contar con una cobertura universal y gratuita.

#SemáforoOncológico Promulgación de la
Ley Nacional del Cáncer

#SemáforoOncológico Reglamento de la
Ley Nacional del Cáncer

Situación de las tareas de la
Ley Nacional del Cáncer

 

QUINTA:El Ministerio de Salud (Minsa) actualizó el esquema nacional de vacunación, incluyendo la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano a niños.

SEXTA: DIGEMID, ente que se encarga de que los peruanos tengan acceso a medicamentos seguros, eficaces y de calidad, actualizó el documento para la organización y funcionamiento de los comités farmacoterapéuticos y la Norma Técnica de Salud para que los pacientes puedan utilizar medicamentos nuevos, que aún no están considerados dentro de la lista actual coberturada por el estado.

SÉTIMA:El Instituto Nacional de Salud junto a RENETSA, red que se encarga de evaluar tratamientos y medicamentos oncológicos, han elaborado y aprobado los documentos con normas para realizar las evaluaciones de tratamientos con el fin de estandarizar sus procesos y promover la participación de médicos oncológos y representantes de los pacientes oncológicos de la sociedad civil.

OCTAVA: El Ministerio de Salud estableció el rango de cobertura para tratamientos oncológicos de alto costo (9 UIT)

DÉCIMA TERCERA: Las Instituciones que administran los fondos de seguros de salud realizaron las adaptaciones correspondientes en sus sistemas informáticos, según lo que indica el catálogo de procedimientos médicos y sanitarios para la prevención y control del cáncer.

*Según información presentada por el Minsa en reunión con el Semáforo Oncológico el 15.06.2023.

DÉCIMA CUARTA: La Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas actualizó el Listado Complementario de Medicamentos Oncológicos. Esta lista comprende todos los medicamentos a los que puede acceder un peruano que se atiende en el sector público. Su actualización permite que sea posible ser tratado con medicinas más modernas. Gracias a esta disposición este proceso se realizará cada 2 años.

DÉCIMA QUINTA:Las medicinas oncológicas que no estén dentro del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) que hayan sido financiados en base a una resolución del Minsa, serán evaluados ahora por la Red Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (RENETSA) del Instituto Nacional de Salud (INS).

*Según información presentada por el Minsa en reunión con el Semáforo Oncológico el 15.06.2023, esto ya se viene realizando.

DÉCIMA SEXTA:Las medicinas oncológicas que no estén dentro del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) y que hayan sido previamente aprobadas por la Red Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (RENETSA) pasarán automáticamente a evaluación de las aseguradoras de salud (Sis, EsSalud, sanidad de las Fuerzas Armadas y Policías) para que puedan ser utilizadas en cualquier centro de salud del país.

*Según información presentada por el Minsa en reunión con el Semáforo Oncológico el 15.06.2023, esto ya se viene realizando.

PRIMERA: El Ministerio de Salud debió elaborar el documento técnico sobre el acceso y la cobertura oncológica integral que orienta a los usuarios, al personal de salud y a la población general sobre la Ley.

El plazo para esto venció el 28 de junio del 2022.

SEGUNDA: El Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas debió proponer al Ministerio de Salud los documentos con normas para la gestión de la Red Oncológica Nacional. Esta red se encargaría de fomentar la descentralización de servicios y mejorar la calidad de atención a pacientes en provincias.

El plazo para esto venció el 29 de mayo del 2022.

DÉCIMA: El Instituto Nacional de Salud debió elaborar los documentos necesarios para la solicitud, autorización, constitución, apertura, funcionamiento, monitoreo y supervisión y cierre de los Bancos de Tumores que conformen la Red Nacional de Banco de Tumores.

El plazo para esto venció el 28 de julio del 2022.

TERCERA:El Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas debió elaborar un plan de implementación de la Red Oncológica, la cual promueve la atención de calidad y descentralizada a nivel nacional para pacientes con cáncer.

El plazo para esto venció el 28 de julio del 2022.

UNDÉCIMA: El Ministerio de Salud debió elaborar documentos que permitan monitorear el desempeño de los profesionales de salud, para la prevención y control de cáncer.

El plazo para esto venció el 28 de julio del 2022.

NOVENA: El Ministerio de Salud (Minsa) debió elaborar y aprobar las guías de práctica clínica para estandarizar el tratamiento de todos los tipos de cáncer en todos los hospitales del país. Esto permitirá que cualquier paciente tenga acceso a una atención oncológica adecuada en cualquier parte del país.

El plazo venció el 26 de setiembre del 2022

DUODÉCIMA: El Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) debió elaborar un plan para la creación de nuevos Registros de Cáncer de Base Poblacional (RCBP) y fortalecer los tres ya existentes (Lima Metropolitana, Trujillo y Arequipa). Los registros de cáncer son herramientas fundamentales en el control de esta enfermedad, ya que recogen, almacenan, analizan e interpretan datos de casos nuevos de cáncer dentro de una población específica por un periodo de tiempo determinado.

El plazo venció el 26 de setiembre

CUARTA: El Ministerio de Salud debió elaborar los criterios de evaluación, negociación y bases para el proceso de contratación de compra de medicamentos y tratamientos previstos en la Ley Nacional del Cáncer, para que luego esta pueda ser aprobada con el consentimiento del Ministerio de Economía y Finanzas.

El plazo venció el 23 de mayo del 2023

⁠Según el DECRETO SUPREMO Nº 001-2023-SA

GLOSARIO

 
  1. INEN: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, especializado en tratamientos a pacientes diagnosticados con cáncer.
  2. INS: Instituto Nacional de Salud, organismo dedicado a la investigación del desarrollo de tecnología en la salud.
  3. RENETSA: Red Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, red que se encarga de evaluar el ingreso y desempeño de nuevos tratamientos y medicamentos a nuestro país.
  4. ETS : Evaluación de Tecnologías Sanitarias, es la evaluación continua de las propiedades, los efectos e impacto de un medicamento, dispositivo o prueba diagnóstica.
  5. MINSA: Ministerio de Salud del Perú
  6. DIGEMID: Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Es la autoridad nacional de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios.
  7. PNUME: Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales. Es un listado de medicamentos que se usan en tratamientos para enfermedades y su costo está cubierto por el Estado.
  8. IAFAS: Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud. Brindan seguros de salud. Pueden ser públicas o privadas. Los seguros públicos del Perú son el SIS, EsSalud, los Seguros de las Fuerzas Armadas y el Seguro de Salud de la Policía.
  9. SIS: Seguro Integral de Salud, está dirigido para todos los peruanos y extranjeros residentes en el Perú que no cuenten con otro seguro de salud vigente. El SIS cubre más de 1400 enfermedades, incluidos varios tipos de cáncer.
  10. FISSAL: Fondo Intangible Solidario de Salud. Pertenece al Seguro Integral de Salud (SIS), está encargado de financiar enfermedades de alto costo, como las oncológicas más frecuentes en la población, la insuficiencia renal crónica (IRC) y las enfermedades raras o huérfanas.
  11. RNBT: Red Nacional de Banco de Tumores, tiene como finalidad poner a disposición de los investigadores muestras procedentes de tumores humanos que faciliten la investigación del cáncer y el desarrollo de nuevos tratamientos.
  12. UMBRAL DE ALTO COSTO: El Umbral de Alto Costo sirve como un punto de quiebre. Su propósito es decidir qué entidad realiza la Evaluación de Tecnología Sanitaria (nueva medicina o dispositivo oncológico). Si el costo de la tecnología es menor al Umbral de Alto Costo, la evaluación queda a cargo del Comité Farmacoterapéutico del hospital donde se atiende el paciente. Caso contrario debe ser realizada por Renetsa. Sobrepasar el umbral de alto costo no es razón para no tener acceso a nuevas medicinas o dispositivos.
  13. EPS: Empresas Prestadoras de Salud son empresas públicas o privadas que proveen una cobertura adicional a lo ofrecido por EsSalud. (Rimac, Mapfre, Sanitas y Pacífico).
  14. IPRESS: Instituciones Prestadoras de Salud Pública. Por ejemplo policlínicos, centros médicos, consultorios médicos. Pueden ser privadas o públicas.
    EPS: Empresas Prestadoras de Salud son empresas públicas o privadas que proveen una cobertura adicional a lo ofrecido por EsSalud. (Rimac, Mapfre, Sanitas y Pacífico)
  15. RCBP: Registro de Cáncer de Base Poblacional. Está encargado de recolectar, almacenar, analizar e interpretar datos de casos nuevos de cáncer dentro de una población específica por un periodo de tiempo determinado.
  16. ESSALUD: Seguro Social del Perú. Es el seguro de salud dirigido principalmente a los trabajadores dependientes. Cuenta con coberturas para trabajos riesgosos e indemnizaciones por accidentes con consecuencias de muerte.
  17. RED ONCOLÓGICA NACIONAL: conjunto de los hospitales, clínicas y otros establecimientos de salud que brindan servicios de diagnóstico y tratamiento contra el cáncer. También la conforman los institutos de enfermedades neoplásicas. Es usuario de la red toda persona que recibe atención oncológica en el territorio nacional, sin distinción del centro de salud al que acuda.